LEGISLACION ESPAÑOLA

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Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas antes mencionadas.
 
Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas antes mencionadas.
  
Las prácticas básicas de seguridad y navegación, únicamente se podrán realizar en las escuelas que cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente (Orden FOM/3200/2007) y así lo hayan notificado a la Dirección General de la Marina Mercante, o en aquellas homologadas por las Comunidades Autónomas. Éstas escuelas emitirán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas. Para el caso de manejar embarcaciones a vela, será preciso realizar unas prácticas específicas para navegación a vela.
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Las prácticas básicas de seguridad y navegación, únicamente se podrán realizar en las escuelas que cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente (Orden FOM/3200/2007) y así lo hayan notificado a la Dirección General de la Marina Mercante, [https://madridindustriales.es/camaras-frigorificas reparacion de camaras frigorificas madrid] o en aquellas homologadas por las Comunidades Autónomas. Éstas escuelas emitirán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas. Para el caso de manejar embarcaciones a vela, será preciso realizar unas prácticas específicas para navegación a vela.
  
 
El examen práctico puede ser convocado por las Comunidades Autónomas.
 
El examen práctico puede ser convocado por las Comunidades Autónomas.

Última revisión de 15:35 14 feb 2019


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La primera institución de enseñanza náutica en España data de finales del siglo XIII y se ubicaba en la catedral de Cádiz. En esta primera institución los Pilotos Vizcaínos, muy demandados por otros Pilotos del Mediterráneo en sus travesias hacia el Mar del Norte, y los Pilotos del Mediterráneo institucionalizaron la enseñanza de las Artes de la Mar.

En España los estudios de Náutica siempre pertenecieron al ministerio de Fomento, antiguo ministerio de Transporte Turismo y Comunicaciones, hasta el año 1988 en el que la reforma universitaria obligó a que estas escuelas se integrasen en la Universidad correspondiente.

Contenido

Titulaciones profesionales

La nueva estructura universitaria diferencia entre la Ingeniería Náutica y la Ingeniería Marítima.

La Ingeniería Náutica

Será la titulación académica que permita el acceso a las titulaciones profesionales que existen en todos los países marítimos del mundo, y cuya definición, capacidades, competencias, destrezas y conocimientos mínimos se encuentran especificadas en el Convenio Internacional para la Formación, Titulación y Guardia de 1995, de la Organización Marítima Internacional (OMI).

La Ingeniería Marítima

Será la titulación académica que integra una serie de conocimientos específicos en el ámbito de las tecnologías marítimas que, atendiendo a sus aplicaciones, se pueden clasificar en tres apartados:
  1. Los relativos a los proyectos de construcción e inspección, así como reparaciones de todo tipo de buques y plataformas offshore
  2. Los relacionados con la gestión y organización del mantenimiento, recursos humanos y explotación del buque
  3. Los relativos a la optimización en la operación, reparación, mantenimiento y rediseño de instalaciones de buques.


VER TITULACIÓN PROFESIONAL

Titulaciones de recreo

Las Titulaciones de Recreo facultan para manejar embarcaciones deportivas que no tengan fin comercial. Las titulaciones de recreo son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias (País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Canarias y Melilla). Para obtener una titulación de recreo, de acuerdo con lo previsto en la ORDEN FOM 3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, hay que superar un examen teórico y realizar prácticas básicas de seguridad y navegación. En lugar de estas prácticas, se podrá hacer un examen práctico.

Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas antes mencionadas.

Las prácticas básicas de seguridad y navegación, únicamente se podrán realizar en las escuelas que cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente (Orden FOM/3200/2007) y así lo hayan notificado a la Dirección General de la Marina Mercante, reparacion de camaras frigorificas madrid o en aquellas homologadas por las Comunidades Autónomas. Éstas escuelas emitirán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas. Para el caso de manejar embarcaciones a vela, será preciso realizar unas prácticas específicas para navegación a vela.

El examen práctico puede ser convocado por las Comunidades Autónomas. Una vez cumplidas las condiciones determinadas para cada título (Edad, examen teórico aprobado, superado el examen práctico o certificación de las prácticas básicas de seguridad y navegación, así como el certificado médico), el interesado podrá solicitar la expedición del título por la Comunidad Autónoma o la Dirección General de la Marina Mercante, para lo cual deberá abonar las tasas oportunas.

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