LEGISLACION ESPAÑOLA

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La primera institución de enseñanza náutica en España data de finales del siglo XIII y se ubicaba en Cádiz, más concretamente en su catedral.
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La primera institución de enseñanza náutica en España data de finales del siglo XIII y se ubicaba en la catedral de Cádiz.
En esta primera institución los Pilotos Vizcaínos, muy demandados por otros Pilotos del MediterráneoMediterráneo ez os siglos X hallaba en Cádiz. Parece que desde tiempos muy antiguos, algunos Pilotos del Cantábrico, conocidos entonces como Pilotos Vizcainos, solían esperar a los buques procedentes del Mediterráneo que se dirigían hacia el Mar del Norte o a navíos que, procedentes de esta zona, estaban destinados al Mare Nostrum, para ofrecerles sus servicios, ya que sus Mestres y Pilotos, poco habituados a las áreas marítimas a que estaban destinados, no se atrevían a adentrarse en ellas sin el consejo y apoyo de los Pilotos especializados. La sede de estos Pilotos se trasladó hacia el siglo XIII o XIV a Cádiz, donde fundaron un "collegium" en el sentido que esta palabra tenía en la época, extendiendo más tarde sus actividades a la enseñanza de las Artes de la Mar, cosa que hacían de manera más o menos institucionalizada en la cripta de la catedral de Cádiz.
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En esta primera institución los Pilotos Vizcaínos, muy demandados por otros Pilotos del Mediterráneo en sus travesias hacia el Mar del Norte, y los Pilotos del Mediterráneo institucionalizaron la enseñanza de las Artes de la Mar.
  
 
==Titulaciones de recreo==
 
==Titulaciones de recreo==

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La primera institución de enseñanza náutica en España data de finales del siglo XIII y se ubicaba en la catedral de Cádiz. En esta primera institución los Pilotos Vizcaínos, muy demandados por otros Pilotos del Mediterráneo en sus travesias hacia el Mar del Norte, y los Pilotos del Mediterráneo institucionalizaron la enseñanza de las Artes de la Mar.

Titulaciones de recreo

Las Titulaciones de Recreo facultan para manejar embarcaciones deportivas que no tengan fin comercial. Las titulaciones de recreo son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias (País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Canarias y Melilla). Para obtener una titulación de recreo, de acuerdo con lo previsto en la ORDEN FOM 3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, hay que superar un examen teórico y realizar prácticas básicas de seguridad y navegación. En lugar de estas prácticas, se podrá hacer un examen práctico.

Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas antes mencionadas.

Las prácticas básicas de seguridad y navegación, únicamente se podrán realizar en las escuelas que cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente (Orden FOM/3200/2007) y así lo hayan notificado a la Dirección General de la Marina Mercante, o en aquellas homologadas por las Comunidades Autónomas. Éstas escuelas emitirán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas. Para el caso de manejar embarcaciones a vela, será preciso realizar unas prácticas específicas para navegación a vela.

El examen práctico puede ser convocado por las Comunidades Autónomas. Una vez cumplidas las condiciones determinadas para cada título (Edad, examen teórico aprobado, superado el examen práctico o certificación de las prácticas básicas de seguridad y navegación, así como el certificado médico), el interesado podrá solicitar la expedición del título por la Comunidad Autónoma o la Dirección General de la Marina Mercante, para lo cual deberá abonar las tasas oportunas.

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